Ante los acontecimientos que están teniendo lugar en los últimos días en el conflicto entre Israel y Palestina, especialmente en la Franja de Gaza, y desde la estricta aplicación del Derecho Internacional, quisiera plasmar algunas ideas al respecto:
1. Nos encontramos ante un conflicto enraizado en el tiempo entre un Estado (Israel) y Hamás, que controla buena parte de la Franja de Gaza. Hamás ha sido considerada como una organización terrorista no solamente por Naciones Unidas sino incluso por la Unión Europea, No obstante, actualmente controla el gobierno en la Franja de Gaza tras haber obtenido una mayoría absoluta en las elecciones generales. Hamás se considera un movimiento yihadista, nacionalista e islamista, y no reconoce a Israel como Estado. Algunas Organizaciones Internacionales no Gubernamentales (ONG), así como varios países acusan a Hamás de delitos de lesa humanidad, torturas y asesinatos contra la población palestina.
2.- Ante el primer ataque por parte de Hamás, Israel está ejerciendo su derecho reconocido internacionalmente a la legítima defensa, previsto en la propia Carta de Naciones Unidas. En efecto, en su artículo 51 se establece que ante un ataque armado, cualquier Estado podrá repeler dicho ataque por todos los medios disponibles y hasta que no actúe el legítimo órgano responsable de mantener la paz y la seguridad internacionales, que es el Consejo de Seguridad. Sobre esta cuestión debemos indicar varias ideas. En primer lugar, el uso de la fuerza por parte de Israel debe ser informado en todo momento al Consejo de Seguridad, que deberá adoptar las medidas oportunas para poner fin al conflicto. Ya se ha convocado una reunión de urgencia de dicho órgano, y a pesar de las reticencias por parte del mejor aliado israelí, Estados Unidos. Es importante destacar que las Resoluciones del Consejo de Seguridad son obligatorias para los Estados.
En segundo lugar, la acción ejercida por el Estado atacado debe ser, en todo caso, proporcional y en respeto absoluto del Ius in Belli —Derecho en la Guerra—, las normas de Derecho Internacional Humanitario que, entre otras cuestiones, prohíbe tajantemente ataques indiscriminados y/o contra la población civil. Estamos siendo testigos de ataques israelíes con todo su potencial armamentístico contra la población de Gaza, sin diferenciar entre miembros armados de Hamás y el resto de la población civil, provocando muertes de hombres, mujeres y niños. Se ha atacado incluso el edifico que albergaba varios medios de comunicación internacionales, violando las normas más estrictas del Derecho Internacional Humanitario. Israel está llevando a cabo, por otra parte, lo que se denomina el “asesinato selectivo” de altos mandos de Hamás, sin preocuparse de los posibles daños colaterales que pudieran provocar sus drones asesinos.
3.- Israel, desde su independencia, ha seguido una política de seguridad nacional basada en la unilateralidad, siempre apoyada por Estados Unidos. Tras el fin de la Guerra Fría y la caída del Muro de Berlín, la seguridad internacional ha vuelto a la multilateralidad, tal y como establece la Carta de Naciones Unidas de 1945 y centrado en el papel del Consejo de Seguridad, único órgano legitimado para autorizar el uso de la fuerza. Sin embargo, Israel ha mantenido su tradicional Homeland Security, alejándose de cualquier instrumento multinacional y rompiendo toda opción de cooperación con sus Estados vecinos.
4.- Desde la Guerra de los Seis Días, en 1967, Israel tiene ocupadas amplias zonas de Palestinr (Cisjordania y Altos del Golán). El Consejo de Seguridad, desde su Resolución 242 (1967), considera que estas ocupaciones son ilegales y contrarias al Derecho Internacional, por lo que se ha exigido desde entonces su devolución al Gobierno y pueblo palestino, sin éxito. Las Resoluciones del Consejo de Seguridad son obligatorias para todos los Estados, incluido Israel. En la misma línea, el muro creado por Israel en Cisjordania para separar las poblaciones palestinas de los asentamientos israelíes, ha sido considerado por el Tribunal Internacional de Justicia en un dictamen de 2004 como ilegal y contrario a Derecho. Con todo, cualquier asentamiento por parte de Israel, con la expulsión de los pobladores palestinos en los denominados Territorios Ocupados, constituyen una violación del Derecho Internacional y de los Derechos Humanos.
5.- En el Derecho Internacional, el genocidio se considera como un crimen internacional, esto es un delito contra los bienes protegidos más esenciales de la comunidad internacional. El genocidio consistiría en actos orientados a destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como matanzas, lesiones graves a la integridad física o mental, someter a las víctimas a unas condiciones que puedan destruirles físicamente —por ejemplo obligándoles a abandonar sus casas o negándoles el alimento—, impedir el nacimiento de miembros del grupo a través de prácticas como la esterilización forzosa, y trasladar a niños a otro grupo. En base a esta definición, y en aplicación estricta del Derecho Internacional, Israel está cometido un crimen de genocidio contra la población palestina. Y basta un dato actual: Israel es el primer país que ha obtenido casi el 100% de vacunados contra el covid-19 entre su población…israelí y judía. A los miles de palestinos residentes en los Territorios Ocupados, bajo control israelí, apenas han llegado las dosis, lo que está provocando una eliminación de esta población por medio de la simple omisión de las autoridades israelíes.
6.- La actuación internacional de algunos Estados está siendo muy dispar. El presidente americano, Joe Biden, se ha limitado a indicar que Israel tiene todo el derecho a defenderse, sin mencionar los ataques indiscriminados ni la desproporción de la respuesta armada. España, tras haber elevado la categoría de la representación palestina en nuestro país, a la de casi entidad diplomática, parece más cerca del reconocimiento de Palestina como Estado soberano e independiente; además, se alía con otros Estados europeos para adoptar Declaraciones conjuntas que condenan determinadas acciones contrarias a derecho, tanto de Israel como de Hamás. Los medios de comunicación occidentales en muchos casos parecen ir más por la línea de destacar “los asesinados israelíes y los muertos palestinos”, faltando al principio básico de veracidad y de información contrastada.
7.- Por su parte, la UE no ha llegado nunca a condenar las actuaciones de Israel, más allá de alguna resolución del Parlamento Europeo sin valor obligatorio alguno. Es más, en el Acuerdo de Asociación entre la UE e Israel se incluye la denominada “cláusula democrática” por la cual, en el caso de violación de los principios democráticos por parte del tercer Estado, la UE dejaría de aplicar el acuerdo de forma automática, con las enormes consecuencias económicas y políticas que ello cabría esperar. Esta cláusula jamás se ha aplicado en la práctica. Frente a la actual escalada, la UE se ha limitado a declararse incapaz de poner fin a la escalada del conflicto, esperando que Estados Unidos, aliado de Israel, ponga paz entre las partes, nuevamente. Y esta pasividad europea ha tenido una impresionante repercusión en los intentos vanos de mejorar la cooperación en la zona del Mediterráneo. Proyectos como la Asociación Mediterránea de 1995 – promovida por España—, o la Unión por el Mediterráneo de 1998 —ideada por Francia—, han visto frenadas sus aspiraciones por la existencia, irresoluble, del conflicto en Oriente Próximo.
8.- En marzo de este año 2021, la actual fiscal del Tribunal Penal Internacional (TPI) ha anunciado el inicio de una investigación a las fuerzas armadas tanto de Israel como de Hamás en la Franja de Gaza, al haber indicios claros de crímenes de guerra. Israel rechaza tajantemente cualquier intervención de este órgano judicial, considerando toda actuación como “política”.
Nos encontramos en un conflicto enquistado en la historia, con una complejidad enorme y con partes sin atisbo alguno de desear alcanzar un acuerdo. No obstante, ello no puede ni debe ocultar la auténtica realidad de unas acciones, por parte de todos los implicados en mayor o menos medida, que afectan a los valores esenciales del ser humano. Actos como genocidio o crímenes de guerra y de lesa humanidad están teniendo lugar ahora mismo en el conflicto israelí-palestino. Y mientras la Comunidad Internacional no logre por todos los medios poner fin a estos hechos, no podremos avanzar hacia un mundo de paz y seguridad y de pleno respeto de los Derechos Humanos más básicos.