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El Tribunal Supremo británico sentencia: mujer es una categoría basada en el sexo biológico

Las personas transgénero están protegidas contra la discriminación bajo la característica de reasignación de género; pero establece claramente que dicha protección no altera la definición legal de 'mujer'

17 de abril de 2025 a las 09:21h
La organización feminista For Women Scotland (FWS).
La organización feminista For Women Scotland (FWS).

En una esperadísima sentencia proferida el 16 de abril de 2025, el Tribunal Supremo del Reino Unido ha determinado por unanimidad que el significado de 'mujer', 'hombre' y 'sexo' a la luz de la Ley de Igualdad de 2010 ("EA 2010") se refieren exclusivamente al sexo biológico. La Relatora de la ONU sobre la Violencia contra las mujeres y las niñas ha acogido con satisfacción la sentencia, calificándolo de fallo revolucionario y a la espera de su efecto expansivo.

Este fallo se produce tras una larga lucha judicial planteada por la organización feminista For Women Scotland (FWS) contra el Gobierno escocés, que había intentado ampliar la definición de 'mujer' en la legislación sobre representación de género en Juntas Públicas para incluir a varones transautoidentificados con Certificado de Reconocimiento de Género (CRG), a efectos de favorecer su mayor participación política.

El cambio legislativo era una de las medidas adoptadas a favor de las llamadas ​‘mujeres con pene’ en Escocia, que defendía la insólita idea de que la definición legal de mujer debía hacerse según el género, es decir, los roles y estereotipos con los que se identificara las personas (la identidad de género), y no según su biología. La oposición a aceptar esta redefinición de lo que es una mujer le costó el cargo a la diputada escocesa Joanna Cherry, que defendía los derechos de las mujeres basados en el sexo y negaba que tuviéramos pene.

"Sexo" no es "género" en la legislación de igualdad del Reino Unido

Según señala la sentencia en el caso promovido por la organización feminista For Women Scotland Ltd. v. The Scottish Ministers la cuestión objeto de análisis por parte del Tribunal Supremo era dar una interpretación legal sobre tales términos. El Supremo ha sido categórico: interpretar "sexo" como "sexo certificado" basado en la identidad de género generaría incoherencias y problemas prácticos que harían la ley inoperable en aspectos determinantes relacionados con los derechos de las mujeres basados en el sexo. Tras un exhaustivo análisis de la evolución legislativa desde la Ley de Discriminación Sexual de 1975 hasta la actual EA 2010, los magistrados concluyeron que el legislativo siempre ha empleado estos términos para referirse al sexo biológico.

La definición legal impugnada, contraria a la realidad material del sexo biológico, perjudicaba profundamente los derechos de las mujeres y niñas. De ahí que en respuesta a la demanda de For Women Scotland fuera considerada ilegal por parte de la Cámara Interior (Inner House), determinando que dicha definición excedía la competencia legislativa del Parlamento Escocés. Tras este primer revés judicial (FWS1), los Ministros escoceses emitieron nuevas directrices que seguían incluyendo a nacidos varones transautoidentificados con CRG en la definición de "mujer", alegando que se ajustaban a la definición de la EA 2010.

Implicaciones prácticas del fallo

El Tribunal Supremo británico concluyó que una interpretación que incluyera a los varones transautoidentificados en la definición legal de 'mujer' socavaría los derechos de las mujeres basados en el sexo y afectaría negativamente a espacios exclusivos para mujeres, como hospitales, refugios, clubes deportivos, módulos carcelarios y demás espacios segregados por sexo por razones de seguridad e intimidad.

La sentencia identifica numerosas disposiciones en la EA 2010 que requieren una interpretación biológica del sexo para funcionar coherentemente, incluyendo las relativas a:

  • Embarazo y maternidad, que sólo afectan a mujeres

  • Espacios segregados, vestidores, baños, alojamiento comunitario

  • Instituciones educativas de un solo sexo

  • Protección legal para espacios exclusivos de las lesbianas

  • Asociaciones y organizaciones benéficas basadas en el sexo

  • Participación justa de las mujeres en el deporte femenino

  • Deberes de igualdad del sector público

  • Disposiciones para las fuerzas armadas

Protección específica para personas transgénero

En su sentencia el Supremo británico reafirma que las personas transgénero están protegidas contra la discriminación bajo la característica de reasignación de género; pero establece claramente que dicha protección no altera la definición legal de 'mujer', que se basa en el sexo biológico.

Un fallo con trascendencia internacional

Este fallo del Tribunal Supremo británico establece un precedente clave para la interpretación de la legislación de igualdad, reafirmando que el reconocimiento del sexo biológico resulta esencial para la protección efectiva de los derechos de las mujeres basados en el sexo, cuyos efectos influirán en la interpretación de los derechos de las mujeres a nivel internacional, ya que en los países donde se han aprobado las mal llamadas ‘leyes trans’, como España, tienen normas que equiparan a las personas transautoidentificadas con las mujeres para todos los efectos legales.

Esta sentencia histórica –que realmente viene a reafirmar una obviedad que, por ostensible, no tendría que decirse judicialmente– proporciona una clarificación fundamental en la interpretación de la ley: en la legislación de igualdad británica el sexo es una realidad biológica que no puede ser reemplazada por el inefable concepto de la identidad de género, estableciendo una distinción clara entre sexo y género, que resulta esencial para la protección efectiva de los derechos y libertades de las mujeres y las niñas.

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