La organización de consumidores Facua ha trasladado a la Fiscalía la modificación de la ordenanza del taxi por el Ayuntamiento de Córdoba al considerarla "discriminatoria", a lo que añade que "el documento aprobado por la Junta de Gobierno Local ha evadido por completo que las personas con discapacidad sensorial auditivas puedan contratar un taxi a través del teléfono u otros sistemas tecnológicos alternativos".
En una nota, la asociación ha informado de que ha presentado ante el alcalde, José María Bellido, en calidad de presidente la Junta de Gobierno Local, un recurso de reposición previo a la interposición de recurso contencioso administrativo, pidiendo "la nulidad del acuerdo adoptado, o en su caso, la inclusión al que obliga el artículo 43 del Decreto 84/2021, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo en Andalucía, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero".
Así, Facua ha criticado "el trato discriminatorio y la poca sensibilidad por parte de la Delegación de Movilidad del Consistorio, encabezada por Miguel Ángel Torrico, hacia las personas con discapacidad sensorial auditiva tras el documento aprobado el 6 de febrero en Junta de Gobierno Local como modificación de la ordenanza del taxi".
La asociación ha señalado que "en el texto aprobado por la Junta de Gobierno Local como propuesta de ordenanza del taxi no se modifica lo que establece el artículo 43, del Decreto 84/2021, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo en Andalucía, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero".
"Esta norma hace mención explícita a la contratación a través del teléfono u otros sistemas tecnológicos alternativos, donde claramente detalla que, en todo caso, se preverán mecanismos para permitir su utilización por personas con discapacidad sensorial auditiva, tales como telefax, correo electrónico o mensajes de texto a teléfonos móviles", ha citado la organización.
En este mismo sentido, han agregado que "el documento aprobado por la Junta de Gobierno Local tampoco ha incluido nada referente a la obligatoriedad del Consistorio de dar trámite a las asociaciones de consumidores, entre otras, en todo lo referente a las paradas de taxi, obligatoriedad de determinados servicios, descansos y emisoras, dejando así en indefensión, a las asociaciones representantes de los usuarios".
La asociación entiende que "con la no inclusión en la modificación de la ordenanza de lo establecido en el mencionado artículo 43 del Decreto 84/2021, el Ayuntamiento estaría incurriendo en una vulneración de los derechos en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, regulados en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social".
También, considera que "los hechos denunciados son motivo de una discriminación directa e indirecta hacia las personas con discapacidad, establecido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013", a la vez que "el artículo 29.1 de la ley deja claro la obligatoriedad de cumplir el principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por motivo de o por razón de discapacidad", entre otros aspectos que ha apuntado Facua.
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